Juntanza Central

Son acciones de la juntanza central las siguientes.
- Dirigir y resolver los asuntos relacionados con la organización sindical de Etnoeducadores dentro de las normas estatutarias.
- Hacer parte de las actividades que se programen para el fortalecimiento de la organización sindical.
- Revisar y aprobar cada tres (3) meses las cuentas que presente el coordinador financiero (tesorero) con el visto bueno del fiscal.
- La junta directiva en primera instancia y mediante resolución motivada debe imponer sanciones disciplinarias a los afiliados de acuerdo con los estatutos y teniendo en cuenta los conceptos emitidos por la comisión de ética y disciplina. Los afiliados tienen derecho a interponer recursos de reposición, ante la juntanza central y de apelación ante el cimarronaje departamental, de acuerdo con el debido proceso, anexando la documentación pertinente.
- Elaborar el reglamento interno de acuerdo con los presentes estatutos y las resoluciones que sean necesarias para el cumplimiento de los mismos.
- Presentar cada semestre un informe detallado de sus labores y de la coordinación administrativa (tesorería) al cimarronaje departamental los cuales deben llevar la firma de toda la juntanza central y su respectiva publicación.
- Presentar balance detallado e informe general de labores al palenque mayor general de delegados departamentales, en las secciones ordinaria con la firma de todos sus integrantes.
- Atender y tramitar todas las solicitudes de los afiliados y velar por los intereses de los mismos.
- Citar a palenque mayor general de delegados departamentales, a cimarronaje departamental de manera ordinaria y extraordinaria.
- Coordinar y efectuar visitas cada cuatro meses de fortalecimiento, evaluación y asesorías gremial, étnica y sindical a todas las juntanzas municipales.
- Evaluar y asesorar cada año el cumplimiento de las actividades y funciones de cada uno de los organismos que dirigen la organización sindical.
- Convocar por obligación al palenque mayor general de delegados departamentales cada dos (2) años en el primer cuatrimestre y extraordinariamente cuando la necesidad lo amerite.
- Hacer la convocatoria a elección de juntanza central antes de los últimos noventa (90) días al finalizar el periodo de la juntanza departamental que este ejerciendo, en caso contrario lo hará el cimarronaje departamental o el palenque mayor general de delegados departamentales.
- Determinar nombramiento y numero de personal que se requieran como funcionarios al servicio de UCEPENAR, los cuales deben ser cargos que se deben proveer por concursos, elaborar reglamentos de trabajo y manual de funciones si es necesario.
- Blindar la vinculación de trabajadores y/o contratistas y ordenes de servicio en UCEPENAR a personas que tengan parentesco hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad con los integrantes de la juntanza central.
- Aprobar y efectuar los gastos de inversión que se requieran para el adecuado funcionamiento de UCEPENAR, sin que este supere el 15 por ciento de los ingresos mensuales.
- Los afiliados elegidos para conformar la juntanza departamental, y comités de ética y disciplina, que tenga permiso sindical deberán disponer su dedicación exclusiva y de tiempo completo a UCEPENAR, de lo contrario el comité de ética estudiara y evaluara su revocatoria del mandato.
- La juntanza central elaborará su reglamento interno que se dará a conocer para aprobación del cimarronaje departamental.
- Ratificar a las juntanzas municipales sindicales.
- Realizar cada año actividades deportivas en lo posible, promover el día de la afrocolombianidad y del educador en el mes de mayo en conjunto con los demás estamentos directivos de UCEPENAR.
- Coordinar todas las actividades de la juntanza central y velar por normal cumplimiento de las funciones de cada una de las coordinaciones, lideres y lideresas y demás representantes de los órganos de dirección.
- Representar a la organización en todos los eventos públicos y privados al igual que ante las autoridades y demás personas jurídicas.
- Participar o delegar la representación de UCEPENAR ante cualquier organismo oficial, privado, organizativo o sindical cuando se lo requiera, previa autorización de la juntanza central.
- Revisar y firmar conjuntamente con el coordinador financiero (tesorero) plena autorización del fiscal cheques y demás.
Personal Junta Central.
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