Juntanza Central

Son acciones de la juntanza central las siguientes. 

  • Dirigir y resolver los asuntos relacionados con la organización sindical de Etnoeducadores dentro de las normas estatutarias. 
  • Hacer parte de las actividades que se programen para el fortalecimiento de la organización sindical.
  • Revisar y aprobar cada tres (3) meses las cuentas que presente el coordinador financiero (tesorero) con el visto bueno del fiscal. 
  • La junta directiva en primera instancia y mediante resolución motivada debe imponer sanciones disciplinarias a los afiliados de acuerdo con los estatutos y teniendo en cuenta los conceptos emitidos por la comisión de ética y disciplina. Los afiliados tienen derecho a interponer recursos de reposición, ante la juntanza central y de apelación ante el cimarronaje departamental, de acuerdo con el debido proceso, anexando la documentación pertinente. 
  • Elaborar el reglamento interno de acuerdo con los presentes estatutos y las resoluciones que sean necesarias para el cumplimiento de los mismos. 
  • Presentar cada semestre un informe detallado de sus labores y de la coordinación administrativa (tesorería) al cimarronaje departamental los cuales deben llevar la firma de toda la juntanza central y su respectiva publicación. 
  • Presentar balance detallado e informe general de labores al palenque mayor general de delegados departamentales, en las secciones ordinaria con la firma de todos sus integrantes. 
  • Atender y tramitar todas las solicitudes de los afiliados y velar por los intereses de los mismos. 
  • Citar a palenque mayor general de delegados departamentales, a cimarronaje departamental de manera ordinaria y extraordinaria. 
  • Coordinar y efectuar visitas cada cuatro meses de fortalecimiento, evaluación y asesorías gremial, étnica y sindical a todas las juntanzas municipales.
  • Evaluar y asesorar cada año el cumplimiento de las actividades y funciones de cada uno de los organismos que dirigen la organización sindical. 
  • Convocar por obligación al palenque mayor general de delegados departamentales cada dos (2) años en el primer cuatrimestre y extraordinariamente cuando la necesidad lo amerite. 
  • Hacer la convocatoria a elección de juntanza central antes de los últimos noventa (90) días al finalizar el periodo de la juntanza departamental que este ejerciendo, en caso contrario lo hará el cimarronaje departamental o el palenque mayor general de delegados departamentales. 
  • Determinar nombramiento y numero de personal que se requieran como funcionarios al servicio de UCEPENAR, los cuales deben ser cargos que se deben proveer por concursos, elaborar reglamentos de trabajo y manual de funciones si es necesario. 
  • Blindar la vinculación de trabajadores y/o contratistas y ordenes de servicio en UCEPENAR a personas que tengan parentesco hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad con los integrantes de la juntanza central. 
  • Aprobar y efectuar los gastos de inversión que se requieran para el adecuado funcionamiento de UCEPENAR, sin que este supere el 15 por ciento de los ingresos mensuales. 
  • Los afiliados elegidos para conformar la juntanza departamental, y comités de ética y disciplina, que tenga permiso sindical deberán disponer su dedicación exclusiva y de tiempo completo a UCEPENAR, de lo contrario el comité de ética estudiara y evaluara su revocatoria del mandato. 
  • La juntanza central elaborará su reglamento interno que se dará a conocer para aprobación del cimarronaje departamental. 
  • Ratificar a las juntanzas municipales sindicales. 
  • Realizar cada año actividades deportivas en lo posible, promover el día de la afrocolombianidad y del educador en el mes de mayo en conjunto con los demás estamentos directivos de UCEPENAR. 
  • Coordinar todas las actividades de la juntanza central y velar por normal cumplimiento de las funciones de cada una de las coordinaciones, lideres y lideresas y demás representantes de los órganos de dirección. 
  • Representar a la organización en todos los eventos públicos y privados al igual que ante las autoridades y demás personas jurídicas. 
  • Participar o delegar la representación de UCEPENAR ante cualquier organismo oficial, privado, organizativo o sindical cuando se lo requiera, previa autorización de la juntanza central. 
  • Revisar y firmar conjuntamente con el coordinador financiero (tesorero) plena autorización del fiscal cheques y demás.


Personal Junta Central.

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